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15 de enero de 2019

Salud del Inmigrante

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Las personas migrantes que no poseen cédula de identidad chilena (RUN) y que sean carentes de recursos, también podrán acceder en forma gratuita a las prestaciones de la red pública de salud, en igualdad de condiciones que los chilenos, quedando cubiertos bajo la categoría FONASA Tramo A.

A todos aquellos centros de salud primaria, servicios de urgencia, postas y hospitales públicos (por tanto, se excluyen clínicas, centros médicos, laboratorios y consultas médicas privadas).

Si usted requiere atención de salud y se encuentra en alguna de estas situaciones: -no tiene visa o permiso de residencia, y por tanto no tiene RUN, -no es beneficiario de ningún convenio que le dé derecho a asistencia médica, -no posee ningún seguro médico (FONASA o ISAPRE, o seguro de viaje), debe dirigirse al centro de salud público más cercano a su domicilio.

En caso de urgencia médica que signifique un riesgo para su vida, usted tiene derecho a atención en cualquier establecimiento público o privado de salud, independientemente de que su situación migratoria sea irregular. Todas las personas migrantes tienen derecho a acceder a prestaciones de salud pública, como: métodos de regulación de fertilidad, controles nutricionales, vacunas, mamografías, Papanicolaou, aplicación de Test de Elisa, atención de enfermedades transmisibles (TBC, VIH/SIDA, infecciones de transmisión sexual), entre otras.

Las personas migrantes que tienen contrato de trabajo o que cotizan de manera independiente, y sus familiares directos –cónyuge, hijas, hijos y otras personas reconocidas como cargas familiares-  tienen acceso a salud a través de FONASA o ISAPRES.

En el sistema público de salud, los menores de 18 años y las mujeres durante el embarazo, el parto y hasta 12 meses después del parto, aun cuando se encuentren en situación migratoria irregular, tienen derecho a:

Acceder a todas las prestaciones de salud que requieran, incluidos los controles médicos durante todo el embarazo

Control anual de crecimiento del niño hasta los 9 años (conocido como “control del niño sano”) y todas las prestaciones del Chile Crece Contigo.

Recibir los complementos alimentarios (leche) y medicamentos que se les indiquen.

Integrarse al Plan Auge, que le da acceso garantizado en FONASA o ISAPRES a prestaciones de salud para un conjunto de enfermedades que están en la lista AUGE.


Chile se ha ido convirtiendo paulatinamente en un país de destino de migración. Los migrantes internacionales son el 5,5% de la población total en el año 2018 (cerca de un millón de personas según datos recientes del Departamento de Extranjería y Migración).

El Ministerio de Salud comenzó a tomar medidas de protección especial sobre esta población a partir del 2003 y se refieren específicamente a la atención de salud de mujeres embarazadas. Se ha avanzado progresivamente en mejorar el acceso a los servicios de salud de manera equitativa de acuerdo a la legislación y las prácticas nacionales, tal como exhorta la OMS, la OPS y los distintos instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Chile.

En Septiembre del 2014 se constituyó en el Minsal el Equipo Asesor Sectorial de Salud de Inmigrantes que cuenta con representantes de la Subsecretaria de Salud Pública, Subsecretaria de Redes Asistenciales, FONASA y la  Superintendencia de Salud (14 representantes) cuyo objetivo es el desarrollo de la Política de Salud de Inmigrantes.

A partir de este trabajo se hace una revisión de la normativa, donde destaca el Decreto Nº67 que incorpora a los inmigrantes en situación irregular, sin visa o sin documentos, como beneficiarios de FONASA, además se impulsa el Piloto de Salud de Inmigrantes en las comunas de Arica, Antofagasta, Iquique, Recoleta y Santiago que busca reducir barreras de acceso a la salud, se promueve la capacitación y sensibilización de los funcionarios de Salud en el fenómeno de las Migraciones y Derechos Humanos y se avanza en monitoreo e información de salud de esta población.

El 2017 se busca consolidar este proceso a través de la formulación y lanzamiento de la Política de Salud de Migrantes Internacionales del Ministerio de Salud.

Las medidas de salud que se han tomado desde el 2014 son las siguientes:

1.- Normativa y Legislación:

El marco normativa chileno garantiza a los extranjeros en situación migratorio regular acceso a la atención de salud en iguales condiciones que los nacionales. Los refugiados tienen cobertura total y directa  al sistema de salud, por convenio especial entre el seguro público de salud FONASA y el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.

En el marco de otras normativas ministeriales y convenio con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública se asegura la atención de salud a niños, niñas y adolescentes y a mujeres embarazadas no importando su situación migratoria, así mismo la obligación de entregar bienes públicos de salud a esta población que son de acceso universal y que van en protección de toda la población.

El marzo de 2016 se publica el Decreto Supremo Nº67 que fija la circunstancia y mecanismo para acreditar a las personas carentes de recursos como beneficiario de FONASA, Seguro Público, se agrega la circunstancia de personas inmigrantes carentes de recursos sin documentos o sin permisos de residencia, con esto se protege a la población en mayor situación de vulnerabilidad, en iguales condicione que los nacionales.

Finalmente, como una medida de afirmativa se emite la circular A15 Nº 4 de 2016 que instruye sobre la implementación del Decreto Nº67 y reitera todas las vías de acceso al sistemas de salud y precauciones en la línea de garantizar la atención de salud en iguales condicionas que la población nacional.

Decreto Supremo Nº 67 y Circular A 15 Nº4:

Se ha avanzado progresivamente en mejorar el acceso a la atención de salud de las personas migrantes, pero persisten barreras de acceso y situaciones de discriminación que han sido documentadas en estudios e informes de organismos de derechos humanos, particularmente en personas en situación migratoria irregular o indocumentados.

El Decreto Supremo Nº 67 busca resolver la situación de este último grupo, particularmente de aquellos que son carentes de recursos, puesto que las normativas anteriores resuelven los otros casos. La Circular Nº 4 señala todas las vías de acceso que tienen las personas migrantes al sistema de salud, siempre priorizando la regularización migratoria, e instruye específicamente el procedimiento para la implementación del decreto.

¿En qué consiste el Decreto Supremo Nº 67?

La modificación del Decreto Supremo Nº110 incorpora como cuarta circunstancia de acreditación de carencia recursos para la calificación de beneficiario del FONASA tramo A, a las personas inmigrantes que carecen de documentos o permisos de residencia. . Esta modificación se funda en instrumentos internacionales de Derechos Humanos, la Constitución de Chile, el DFL N°1 del 2005, la Ley Nº 18.469, dos dictámenes de Contraloría General de la República del 2013 y 2015 y un fallo de tribunales de Antofagasta del 2015 .

¿Qué resuelve?

Desde un punto de vista del financiamiento, esta medida busca regularizar una situación que estaba ocurriendo y que se traducía en pagarés impagos en el nivel hospitalarios y prestaciones de salud  de población sin percapitar en APS, las que ahora podrán ser financiadas.

Es una medida de salud pública que busca la equidad

Esta medida busca igualar derechos de salud a todos los habitantes del territorio nacional, esto incluye a la personas migrantes, siendo un gran avance en equidad,  pero también es importante como medida de salud pública puesto que la salud es una construcción colectiva y la cobertura de salud de toda la población, especialmente la que se encuentra en situación de mayor vulnerabilidad, va en beneficio de toda la población. Esto permitirá fortalecer el trabajo de los programas de salud y con esto la protección de la población en general.

Finalmente, la calificación es de un plazo de un año,  luego deberán volver a inscribirse, con ello se intenta apoyar la regularización de los migrantes. Los funcionarios de la red de atención de salud, deben brindar orientación a las personas solicitantes para que regularicen su situación migratoria lo que les permitirá acceder de manera permanente a todas las prestaciones que ofrece el sistema público de salud en Chile, y a otras prestaciones sociales, procurando su inclusión social integral en el país.


2.- Sistemas Sensibles a las Personas Inmigrantes:

Se crea el Programa de Acceso a la Atención de Salud a Personas Inmigrantes, Resolución Exenta Nº 1266 del 12 de diciembre de 2014,  para establecimientos de atención primaria de salud, con una cobertura inicial de 11 comunas, 5 de las cuales pasan a ser parte del Piloto de salud de Inmigrantes. El objetivo del programa es desarrollar estrategias dentro del modelo de atención que permitan superar las barreras de acceso a la atención, promoción y prevención de la salud que afecta a la población inmigrante, en especial la no regulada, incluye difusión de derechos y deberes de los inmigrantes, mediadores interculturales, facilitadores lingüísticos, instancias de participación y desarrollo de protocolos de atención.

Durante el 2015 se desarrolla una línea de capacitación en migraciones y salud, derechos humanos y competencias culturales. Estas acciones están dirigidas a  nivel de prestadores a administrativos, profesionales de la salud y funcionarios de apoyo, y  a nivel ministerial a encargados de programas de salud. Se constituye una estrategia escalar y en distinto formatos, presenciales y online.

A partir de Junio de 2015 se desarrollan el Piloto de Salud de Inmigrante en 4 regiones del país: Arica Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Región Metropolitana. Estos corresponden a un conjunto de acciones articuladas del sector salud, que se traducen en un plan de acción que permite cumplir con el objetivo de disminuir las barreras de acceso a salud y atención de salud de los inmigrantes. El piloto incluye los ámbitos de acción del sector, de manera coordinada y de acuerdo a sus funciones; se incluye acciones de FONASA, Superintendencia de Salud, Servicios de Salud (Hospitales y Atención Primaria), Municipios y SEREMI de Salud.

El año 2016 se centra el trabajo en la difusión del Decreto Nº67 y su implementación.


3.- Monitoreo en Salud:

Desarrollo de una estrategia de mejoramiento de la información de salud con el objetivo de conocer el estado de salud de esta población con el fin de desarrollar acciones pertinentes. Se incorpora la identificación de la población migrante en los registros sanitarios en atención primaria y el fortalecimiento del registro en secundaria y terciaria, como así también el análisis de la información.

Se incorpora la identificación de la población migrante en los registros sanitarios en atención primaria a través de los Registros Estadísticos Mensuales (REM) y se instruye de manera obligatoria el registro de nacionalidad en los sistemas de registro en el nivel secundario y terciaria, se realizan auditorias de registro de egresos hospitalaria y se instruyen mejoras. Como parte del plan de mejora de la información, durante el 2016 a partir de los registro creados el 2015 y otras fuentes de datos se comienzan desarrollar diagnósticos regionales de salud de inmigrantes (RM, Antofagasta).


4.- Alianzas y Marco Plurinacional:

Se establecieron una serie de alianzas intersectoriales para abordar de manera integral las problemáticas de salud de esta población, entre ellas con el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, Ministerio de Educación, Instituto Nacional de Derechos Humanos y OIM.

Se desarrolló un proyecto de colaboración con el Ministerio de Salud de Colombia y se encuentra en desarrollo el proyecto de Cooperación Técnica Chile-México para el fortalecimiento de las políticas públicas de salud para migrantes internacionales con el Instituto Nacional de Salud Público de México.


MATERIAL DE DESCARGA

Política de Salud de Migrantes Internacionales

Resolución Exenta N°1308/30 oct. 2017 Aprueba Política de Salud Migrantes Internacionales en Chile

(BP01) Prácticas Europa 2012

(BP02) Buenas Prácticas Población Migrantes 16 países 2011

(BP03)Estudio de Salud Mental _Zona Norte 2008

(BP04)Plan acogida y reconocimiento Quilicura 2014

(BP05)Política Sanitaria Pobl. Migrantes España 2009

(BP06)Estudio Demoscopia 2009

(BP07)Mesa Migrantes Padre Hurtado

(BP08)Juarez-Ramírez, México Equidad en Salud 2014

(BP09)Inequidades en Europa

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