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Preguntas Frecuentes Fono TTA

1. ¿Fui confirmado como caso COVID-19, pero desconozco cuántos días de aislamiento debo hacer?

R: Según lo que indica la autoridad de salud, el caso confirmado debe cumplir aislamiento por 11 días desde fecha del inicio de síntomas o por 11 días desde la toma de muestra en el caso de ser asintomático.

Recordar que un caso confirmado es toda persona, con una prueba RT-PCR para SARS CoV-2 positiva. Asimismo, una persona que presenta al menos un síntoma cardinal como fiebre sobre 37,5 °C, pérdida del gusto u olfato o dos o más de los síntomas como tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, etc. y que presenta una prueba rápida de antígenos para SARS-CoV-2 positiva, tomada por la autoridad sanitaria o en un centro de salud que cuenten con designación por parte de la SEREMI de salud.

2. ¿Quién define si soy contacto estrecho?

R: La Autoridad Sanitaria Regional, es decir, la Seremi de Salud, es la que determinará si usted es un contacto estrecho o no, para lo cual se realizará una investigación epidemiológica al caso índice confirmado con COVID-19 y a sus contactos estrechos.


3. ¿Soy contacto estrecho y aún no he podido acceder a mi licencia médica para hacer mi cuarentena?

R: Mediante esta línea telefónica, gestionaremos sus datos los cuales serán enviados a la Autoridad Sanitaria de su región, quien verificará su información y gestionará su requerimiento según corresponda.

La emisión de una licencia médica para los contactos estrechos, son autorizados exclusivamente por la autoridad sanitaria regional por 11 días, la que podrá ser emitida remotamente, de tratarse de una licencia médica electrónica considerándose como día 1 el último día de contacto con el caso positivo.

Para usuarios de las regiones Metropolitana y de O’Higgins que requieran de una licencia médica para contacto estrecho de origen No laboral, se les derivará a una página web para gestionar y solicitar de manera directa la licencia a la Seremi de Salud.

1)            Región Metropolitana

El sitio web seremi.hable.cl fue modificado siendo su actual URL la siguiente: https://milicenciamedica.cl/seremi-hable.html o puede aparecer como   Seremi Contacto (contactosestrechos.cl)

2)           Región de O’Higgins www.seremi6.cl

Para aquellos contactos estrechos de otras regiones, deben comunicarse  directamente con la SEREMI de su región mediante mail entregado por el ejecutivo de  FONO TTA.

4. Estuve con aislamiento preventivo y no pude ir a vacunarme contra COVID en la fecha que me correspondía por carnet. ¿Puedo hacerlo después?

R: Si no pudo vacunarse en la fecha que indica su carnet de vacunación para la segunda dosis, puede hacerlo apenas termine su aislamiento o cuarentena, no antes ni durante.

5. Mi hija dio positivo y comparte habitación con su hermano. Necesito saber si es posible enviarla a una residencia sanitaria.

R: Antes de enviar a una Residencia Sanitaria, el telefonista de Fono TTA verificará si se cumplen los criterios de ingreso a estos recintos.

Esos criterios son poseer alguna condición epidemiológica asociada a una infección por SARS CoV-2 sin posibilidad de cumplir cuarentenas o aislamientos en su domicilio por falta de red de apoyo o criterios de habitabilidad como habitación de uso individual, así como el baño y contar con agua potable.

Además, verificará los criterios de exclusión que al momento de ingreso presenten signos o síntomas de una descompensación de su patología crónica de base u otra condición aguda que requiera de la evaluación presencial en un servicio de urgencia o la atención en otro nivel asistencial de la red de salud.

De cumplir con los requisitos, se hará la derivación directa al call center de Residencias Sanitarias para que se realice el ingreso formal 800 726 666

6. Qué organismo determina que soy caso positivo de origen laboral y quién emite mi licencia médica

La confirmación de un caso COVID-19 se realiza a través del examen solicitado por el médico tratante. La SEREMI de Salud, tomando conocimiento de este caso a través de Epivigila, realiza la trazabilidad del afectado y si el trabajador no tuvo contacto con otro caso confirmado de Covid-19 en su lugar de trabajo, no corresponde a un evento de origen laboral, y la licencia será de tipo común.

Para los casos COVID-19 que se sospecha que puedan corresponder a contagio de origen laboral, su calificación como un evento laboral solo lo puede realizar el Organismo Administrador de la Ley 16.744 o mutualidad al cual está afiliado el centro de trabajo donde labora el trabajador.

Si se determina que el origen del contagio es laboral, la emisión de su licencia corresponde al Organismo Administrador de la Ley 16.744 o mutualidad que está inscrita su empresa. Para gestionar la licencia médica, debe comunicarse con el encargado COVID-19 en su empresa (prevencionista de riesgo, recursos humanos), quien debe enviar planilla con los datos del caso positivo y sus contactos a la autoridad sanitaria local.

7. ¿Qué organismo determina el contacto estrecho de origen laboral y quién emite la licencia médica en ese caso?

La trazabilidad realizada por las SEREMI de Salud de los casos confirmados COVID-19, permite el levantamiento de los posibles contactos estrechos laborales (CELAB) de un trabajador. Estos son investigados por la SEREMI para su definición o descarte y derivados a los Organismos Administradores de la Ley 16.744, de acuerdo con la afiliación del centro de trabajo. Estas instituciones deben realizar el seguimiento y la entrega del reposo laboral correspondiente para el cumplimiento de la cuarentena. Es estos casos la licencia corresponde al tipo 6.

OTRAS PREGUNTAS

1. ¿Cuál es la diferencia entre el aislamiento que tiene que hacer el caso confirmado y la cuarentena que se le pide al contacto estrecho?

R: Aislamiento de casos: consiste en restringir las interacciones persona a persona o situaciones de diseminación en personas infectadas por SARS-CoV-2 durante el período contagioso, el cual –para la mayor parte de los casos con curso leve a moderado- está cubierto con 11 días de aislamiento mínimo de aislamiento definido en normativas vigentes.

Cuarentena de contactos: consiste en restringir las interacciones persona a persona o situaciones de diseminación en personas infectadas por SARS-CoV-2 durante el período en que las personas se encontrarían en período de incubación, contabilizándose desde el último contacto con el caso COVID-19.

De manera análoga al aislamiento de casos, la cuarentena requiere apoyo y supervisión periódica, para el seguimiento clínico como inicio de síntomas, y para garantizar la limitación de contacto persona a persona. Los contactos podrán tener acceso a test de diagnóstico para detección de SARS-CoV-2, sin embargo, como criterio general un resultado negativo no habilita para la salida de la cuarentena.

2. ¿Necesito un certificado de alta médica para volver a mis quehaceres luego cumplir el plazo de mi aislamiento?

R:  No se requiere certificado de alta, si usted cumplió con los días de aislamiento indicados por la autoridad sanitaria puede retomar sus funciones habituales.

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