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Definiciones básicas

¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS?

Es importante considerar como punto de partida la definición adoptada por la Organización de Naciones Unidas, que señala que los Derechos Humanos son “atributos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, género o cualquier otra condición. Todos y todas tenemos los mismos Derechos Humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos están interrelacionados, son interdependientes e indivisibles (Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos)” .

Los Derechos Humanos son garantías legales universales que protegen a las personas y grupos, frente a acciones u omisiones que puedan afectar su vida, sus libertades y su dignidad humana, por tanto, están expuestos y contenidos en instrumentos de orden jurídico y vinculantes tales como, las Constituciones de cada país, Tratados internacionales sobre Derechos Humanos, el derecho internacional consuetudinario, principios generales y otras fuentes del derecho, donde se establecen claramente las obligaciones que tienen los Estados a fin de respetar, proteger y asegurar los Derechos Humanos.

Importante es manifestar que los Derechos Humanos (DDHH) son reconocidos, no son formalmente creados, son consustanciales a cada persona, son irrenunciables e imperativos, correspondiendo a los Estados fomentarlos y respetarlos en todo momento y lugar, características que los distinguen de otros derechos.

¿QUÉ ENTENDEMOS POR ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS Y PERSPECTIVA DE GÉNERO?

Enfoque basado en los Derechos Humanos, es “un marco conceptual del proceso de desarrollo humano que desde el punto de vista normativo está basado en las normas internacionales de derechos humanos y desde el punto de vista operativo está orientado a la promoción y protección de los derechos humanos. Con este enfoque se trata de integrar los valores, principios y normas del sistema internacional de derechos humanos en los planes, políticas y procesos de desarrollo” (ACNUDH, 2006).

Perspectiva de Género, “es una estrategia destinada a hacer que las preocupaciones y experiencias de las mujeres, así como de los hombres, sean un elemento integrante de la elaboración, la aplicación, la supervisión y la evaluación de las políticas y los programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales, a fin de que las mujeres y los hombres se beneficien por igual y se impida que se perpetúe la desigualdad. El objetivo final es lograr la igualdad sustantiva entre los géneros (ECOSOC,1997)”

En síntesis, entendemos el Enfoque basado en los Derechos Humanos y perspectiva de Género en salud como un instrumento conceptual, una forma de trabajo que incorpora en todo momento y lugar, los estándares de los Derechos Humanos y Género, tanto en el análisis, implementación, ejecución y evaluación de políticas públicas, planes, programas, proyectos, servicios, atenciones y cualquier tipo de intervención en el sector, en un contexto de respeto, promoción y protección a los derechos humanos individuales y colectivos de las personas, como sujeto/as y titulares de derechos. El enfoque basado en los Derechos Humanos y la perspectiva de Género son complementarios y se refuerzan mutuamente, siendo un lente que nos permite visibilizar y cuestionar los modelos hegemónicos del ser mujer y del ser hombre, de la feminidad y de la masculinidad, para aprender y ejercer los valores, actitudes y defensa de los Derechos Humanos.

Por otro lado, al mirar los Derechos Humanos desde su expresión, es posible distinguir los siguientes valores que ilustran e inspiran con mayor claridad la aplicación y operación, en un marco que desafía las necesidades prácticas y estratégicas en el sector salud:

1. Inherentes: son innatos a todas las personas sin distinción alguna, se entiende entonces que toda persona nace con ellos.
2. Universales: todos los seres humanos son titulares de estos derechos, en todo tiempo y lugar.
3. Inalienables: atendido su carácter de inherente, no pueden separarse de la persona y, por lo tanto, no pueden ni transmitirse, ni transferirse o renunciarse.
4. Inviolables: ninguna autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, salvo restricciones admitidas por la propia naturaleza.
5. Imprescriptibles: no se agotan o pierden por el transcurso del tiempo o por su no ejercicio.
6. Interdependientes: forman un conjunto inseparable entre sí y deben ser ejercidos en su contenido esencial.
7. Indivisibles: no pueden jerarquizarse para efectos de superponer uno de ellos por sobre otros.
8. Irreversibles: implica que todo derecho reconocido formalmente como inherente a la persona queda de manera irrevocable integrada al corpus internacional de los derechos humanos y, en el futuro, no puede ser derogado.
9. Progresivos: porque permiten su ampliación en protección, contenido y eficacia. Este principio implica la no regresividad en el reconocimiento y en la garantía de los derechos.

¿COMO INCORPORAMOS EL ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS Y GÉNERO EN SALUD?

Incorporar el Enfoque de Derechos Humanos y Género en el sector salud es un desafío, que se encuentra en debate y construcción conceptual, donde desde la práctica se reconocen avances y desafíos, pero quedando un largo y profundo camino por avanzar como sector. A continuación de modo síntesis, presentamos tres niveles a considerar como una propuesta que contribuya a la incorporación del enfoque basado en Derechos Humanos y Género en salud. Hay que señalar como advertencia que los contenidos expuestos, no tienen un afán reduccionista, ni de priorización, ni menos de exclusión de los todos los ámbitos de los Derechos Humanos y de la perspectiva de Género, solo busca visualizar un camino (existiendo otros) que favorezca en impedir y erradicar prácticas discriminadoras e inequitativas, garantizando y profundizando la libertad, bienestar y dignidad humana personal y comunitaria en el sector salud, para ello proponemos tres niveles síntesis, a saber;

A. Los Principios.
B. Enfoques y perspectivas.
C. Ámbitos operativos y de gestión.

A. Los Principios

A1. Universalidad e indivisibilidad. Los Derechos Humanos son para todas las personas por igual y son indivisibles, porque no pueden separarse de la persona, o fragmentarse unos de otros.
A2. Interdependencia e integralidad. Los Derechos Humanos se encuentran vinculados entre sí y tienen el mismo valor, correspondiéndole al Estado, velar por la aplicación integral de los mismos.
A3. Igualdad y no discriminación, En el derecho internacional de los Derechos Humanos, se explicita que los seres humanos son iguales en dignidad, deben ser tratados con respeto y consideración, sin discriminación alguna, hacia una persona o colectividad por motivaciones religiosas, diferencias culturales, sociales, económicas, políticas, de sexo, de diversidad de género, raciales, geográficas, de edad, por su condición física o mental, entre otras.
A4. Participación. Los Derechos Humanos reconocen el derecho a participar, asociarse, manifestarse, movilizarse en la vía pública, y en especial a ser escuchadas y escuchados por el Estado y sus representantes, y poder participar sobre bases iguales en cualquier área de la vida económica, social, política, cultural, civil, incluyendo el sector salud. La participación comunitaria, ciudadana y social son elementos claves para prosperar como país hacia mayores espacios de incidencia en la agenda y las políticas públicas.
A5. Exigibilidad y responsabilización, el principio de materialización de los derechos se denomina exigibilidad e implica el requerimiento, ejercicio y promoción de los valores o derechos fundamentales del ser humano, correspondiéndole al Estado el rol de garante, siendo responsable de proteger, promover, respetar y restituir los derechos fundamentales, cuando correspondiese.

B. Enfoque de Derechos Humanos y Género y Perspectivas

B1. Determinantes sociales en salud, corresponden a las condiciones con que las personas nacen, crecen, viven, trabajan y envejecen, incluyendo los sistemas de salud. Incluye a las circunstancias sociopolíticas, económicas y culturales que las afectan (como el acceso a agua potable, vivienda digna y atención en centros de salud de calidad, entre otros) tienen impacto en la salud de las personas y, la generalidad de las causas de las inequidades, pueden ser evitadas.
B2. Inclusión, perspectiva que se basa en el respeto de las diversidades de todas las personas, colectividades, sus orígenes y contextos, buscando eliminar barreras de acceso a la atención y a brindar mejores condiciones de salud y mayores niveles de calidad de vida, considerando aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, desprotección, exclusión o discriminación, promoviendo políticas, programas o acciones, en un marco de respeto por los Derechos Humanos, Género y garantías en salud.
B3. Interculturalidad, perspectiva basada en la interrelación entre diversas culturas, en respeto e intercambio. La interculturalidad no refiere a la simple coexistencia de grupos culturales (o multiculturalidad) sino que implica una interacción equitativa entre diversas culturas, lo que incluye condiciones de convivencia y comunicación, prácticas, normas, sentires, conocimientos y experiencias, de y desde la diversidad de las comunidades y las personas.
B4. Curso de vida y ciclo vital, permite entender cómo múltiples determinantes interactúan a lo largo del curso de vida y entre generaciones para producir resultados en salud, centrados en las necesidades de sus usuarios, en cada etapa de su vida . Este enfoque considera el derecho a la salud como uno de los derechos humanos fundamentales, asume que el ejercicio de estos derechos apoya la autonomía y autodeterminación de las personas respecto a su salud, generando condiciones de seguridad (en salud) durante toda su vida.
B5. Territorialidad, el Territorio reproduce social y biológicamente la vida, por lo que indeclinablemente se encuentra unida con la salud, más allá de un espacio limitado y geográfico. En este sentido, abordar el concepto territorio es fundamental para comprender las diferencias en las formas de enfermar y morir, en las formas de sufrir y en las posibilidades de bienestar de las personas, lo cual se construye a partir de las relaciones históricas, sociales, culturales, económicas, políticas y ambientales.

B6. Género y salud. Perspectiva que permite identificar y analizar las diferencias sociales y culturales experimentadas por mujeres, varones y diversas identidades de género, y el impacto que estas construcciones tienen en su relación (causa y efectos) con la salud. Así, mientras el sexo biológico puede indicar diferentes factores de riesgo o la necesidad de otro tratamiento frente a una misma patología, la identidad de género puede determinar diferentes posibilidades de acceso a la atención sanitaria, la adherencia a tratamientos o el impacto de los determinantes sociales y económicos de la salud.

C. Ámbitos Operativos y de Gestión

Desde el punto de vista operacional el enfoque de Derechos Humanos y Género está orientado a la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, considerando en todo momento la intersectorialidad e interseccionalidad . Relevante es también desde el punto de vista operativo, identificar a los titulares de derechos y aquello a lo que tienen derecho, y a los titulares de deberes y las obligaciones que les incumben, procurando fortalecer las capacidades de los titulares de derechos para reivindicar éstos (empoderamiento) y de los titulares de deberes para cumplir sus obligaciones.

C1. Información, difusión y transparencia, son elementos que contribuyen a que la formulación de políticas, programas, atenciones, servicios se realicen de forma más transparente, brindado a las personas y comunidades una mayor capacidad de acción al respecto, procurando o a su vez, la existencia de procesos o mecanismos de reparación adecuados, en los casos que amerite. La transparencia y una cultura de rendición de cuentas son elementos esenciales de la democracia y de la participación condiciones para su ejercicio.
C2. Medidas judiciales y de protección. Proteger, promover adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar eficacia a los derechos reconocidos y hacer efectivos los estándares de los Derechos Humanos
C3. Medidas en la Política Pública. Conjunto de decisiones y acciones que el Estado diseña, implementa, monitorea y evalúa -a partir de un proceso permanente de inclusión, deliberación y participación social efectiva- con el objeto de proteger, promover, respetar y garantizar los derechos
C4. Educación para los Derechos Humanos y Género. estrategia marco ético para la regulación de relaciones sociales y de respeto a la dignidad humana, los estados deben promover condiciones mínimas de dignidad para todas las personas, en virtud de afianzar el respeto por los derechos y libertades sin ningún tipo de discriminación acceso a la educación función de la educación como promotora de la igualdad de derechos y libertades.
C5. Garantías de no repetición, reparación y memoria, se entienden como un conjunto de mecanismos que buscan garantizar los derechos de víctimas cuando las hubiese, a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, lo que promueve la consolidación, cohesión social inclusión a nivel nacional y local, además de promover el estado de derecho de acuerdo con la normativa internacional de derechos humanos, y restablecer la confianza en las instituciones del Estado.
C6. Estrategias de transversalidad del Enfoque de Género. Es una estrategia para hacer de los problemas y experiencias de las mujeres y los hombres una dimensión integral del diseño, la ejecución, la vigilancia y la evaluación de las políticas y programas en todas las esferas políticas, económicas y sociales, de tal manera que no se perpetúe la desigualdad. El objetivo último es conseguir la igualdad de género, y puede incluir iniciativas afirmativas dirigidas más bien sea a las mujeres o a los hombres.

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