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16 de enero de 2019

Código Sanitario: contexto

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Las actividades prácticas sanitarias del personal de nuestro sistema de salud se encuentran reguladas por el Libro V del Código Sanitario. La evolución de los sistemas de salud y educación han generado la necesidad de poder reorganizar un cuerpo normativo que se adapte a las modificaciones de facto que poseen ambos sistemas.

Las actividades técnicas y profesionales de salud actualmente recogidas en el código son: médico-cirujano, psicólogos enfermeras, tecnólogos médicos con mención en oftalmología, optómetras con título en el extranjero, cirujano-dentista, matrona, químico-farmacéuticos y farmacéuticos .

Durante el año 2017, el Ministerio de Salud convocó a los colegios profesionales del sector salud para actualizar las disposiciones del Código Sanitario en su Título V, denominado “Del ejercicio de la medicina y profesiones afines”, con miras a incorporar en su texto a las profesiones de la salud que no tienen consagración expresa en ese cuerpo normativo y proponer la regulación administrativa del ejercicio profesional.

Como resultado de este, se suscribió un Protocolo de Acuerdo con Colegios Profesionales del sector salud, para continuar trabajando en la actualización del Código Sanitario, en materia de regulación de las profesiones del sector salud.

A partir del mes de octubre de 2018, el Ministerio de Salud conforma un equipo de trabajo para actualizar la regulación de las profesiones de la salud contenida en el Libro V del Código Sanitario, para contar con una propuesta ministerial que recoja los desafíos de la actividad de las profesiones de la salud en el país, con el fin de garantizar calidad en la atención de salud y la eficiencia del sistema de salud chileno.

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Código Sanitario Título Preliminar y Libro V
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